Art. 1. El presente reglamento contiene las normas para obtener el grado académico de Bachillerato en Sagrada Teología.
Art. 2. Pueden optar al grado de Bachiller:
a) Los alumnos de la Facultad de Teología Redemptoris Mater (= FTRM) que han cursado y aprobado todos y cada uno de los cursos obligatorios y opcionales señalados en el curriculum de estudios, filosóficos-teológicos, vigentes en el momento del ingreso en la FTRM. Se adquiere el carácter de “alumno del FTRM” al cursar, como mínimo, el cuarto año de Teología completo o al menos 40 créditos.
b) Los alumnos egresados de Seminarios o Centros de Estudio eclesiásticos, después de seguir el siguiente procedimiento:
1. Presentación de la siguiente documentación:
Autorización para realizar dichos estudios (en el caso de clérigos). Partida de nacimiento. Documento de identidad. Certificado de estudios de secundaria (o similar). Certificado de los estudios filosóficos y teológicos realizados que incluyan el nombre de las asignaturas, los créditos de las mismas y la nota final. Además, deben aportarse los programas de los respectivos cursos. Ficha de datos personales y dos fotografías.
2. Informe de la Secretaría Académica en orden a la convalidación de cursos y eventual cumplimentación de estudios.
3. Resolución del Comité de Convalidaciones, integrado por el Rector, Vice-Rector y Secretario Académico de la FTRM, en la que se determina los cursos convalidados y los eventuales cursos que deberá realizar como complementación.
4. En todo caso deberá, obligatoriamente, cursar en la FTRM los cursos: “Síntesis Teológica I” (4cr), “Síntesis Teológica II” (4cr), “Síntesis de Teología Bíblica I” (2cr), “Síntesis de Teología Bíblica II” (2cr) y “Prácticas de Derecho Canónico (2cr).
Art 3. La prueba final para obtener el grado de Bachillerato se programa por lo menos una vez al año, dentro del Calendario Académico, en la fecha señalada por la Secretaría Académica.
Art 4. El plazo de inscripción se cierra 30 días antes de la fecha fijada para las pruebas por la Secretaría Académica.
Art 5. Todos los candidatos deben presentar, al inscribirse, una solicitud dirigida al Secretario Académico, la constancia de haber cumplido con todos los requisitos necesarios para ser candidato al grado de Bachiller y la constancia de estar al día en los pagos y haber satisfecho los derechos de examen.
Art. 6. Las tarifas de los diversos pagos y derecho los especifica, cada año, la Dirección Administrativa de la FTRM.
Art. 7. La prueba final para obtener el grado de Bachillerato consta de dos fases: examen escrito y examen oral.
Art. 8. El examen escrito se desarrolla según el siguiente procedimiento: a) El tema a desarrollar se escoge, por sorteo, del temario propuesto por la FTRM para esta ocasión. b) El alumno preparará el tema y redactará un esquema del mismo en un tiempo máximo de dos horas. Pudiendo utilizar para este fin todo tipo de material. c) Desarrollo por escrito del tema señalado. En esta fase sólo se puede utilizar: Biblia, El Magisterio de la Iglesia (DZ), Documentos del Concilio Vaticano II, y el “esquema” elaborado durante las dos horas de preparación.
Art. 9. El examen oral se desarrolla según el siguiente procedimiento: a) Sólo podrán acceder al examen oral los alumnos que hayan aprobado el examen escrito. b) El examen oral es tomado por un tribunal de 3 profesores nombrados por el Rector de la FTRM. c) Para la realización de este examen se llamará a los alumnos por orden alfabético. El tiempo otorgado para cada alumno será de 15 a 20 minutos. d) El tribunal, del modo que considere oportuno, conducirá el examen oral centrándose en asuntos teológicos fundamentales.
Art. 10. La nota final de bachillerato se obtiene aplicando los siguientes coeficientes porcentuales: a) 60% corresponde a la media ponderada de los cursos, y b) 40% corresponde a la prueba final (20% el examen escrito y 20% el examen oral).
Art. 11. Escala de calificación: a) La FTRM, para todos los cursos y exámenes, se ajusta a la calificación vigesimal (0-20), ordinaria en el Perú. Siendo 11 la nota mínima para aprobar. b) Sin embargo, para la titulación se utiliza la siguiente escala de calificación que se hará constar en el Título que otorga la FTRM al nuevo graduado: Probatus (11-12,99) Bene Probatus (13-14,99) Cum Laude Probatus (15-16,99) Magna Cum Laude Probatus (17-18,99) Summa Cum Laude (19-20).
Art. 12. El candidato que no supere la prueba final podrá presentarse de nuevo transcurridos, como mínimo, seis meses. En ningún caso podrá presentarse más de dos veces.
Art. 13. El presente Reglamento puede ser interpretado, modificado o sustituido por acuerdo del Consejo de la Facultad.
Art. 14. El presente Reglamento entrará en vigor a partir del 30 de junio de 2009.