Art. 1. Se accede al grado y título de Doctor en Sagrada Teología por medio de la defensa y publicación (de todo o al menos de una parte sustancial) de un trabajo final que denominamos “tesis” sobre un tema de teología especializada.
Art. 2. Pueden optar al grado y título de Doctor en Sagrada Teología: a) Los alumnos de la FTRM que, obtenido el grado y título de Licenciado en Sagrada Teología, hayan participado satisfactoriamente en el “Programa de Doctorado” diseñado a tal efecto por el Consejo de la Facultad (plan del tercer ciclo). b) Los alumnos provenientes de otros Institutos Superiores de Teología, Facultades de Teología o Universidades eclesiásticas después de tramitar la convalidación de los cursos realizados en dicha institución según el siguiente procedimiento:
1. Presentación de la siguiente documentación: Autorización para realizar dichos estudios (en el caso de clérigos). Partida de nacimiento. Documento de identidad. Certificado de los estudios filosóficos y teológicos realizados que incluyan el nombre de las asignaturas, el creditaje y la nota final. Además, deben aportarse los programas de los respectivos cursos. Título de Licenciado en Sagrada Teología y una copia autenticada que quedará en el expediente personal del alumno. Ficha de datos personales y dos fotografías.
2. Informe de la Secretaría Académica en orden a la convalidación de cursos y, si fuera necesario, la eventual complementación de estudios.
3. Resolución del Comité de Convalidaciones, integrado por el Rector, Vice-Rector y Secretario Académico de la FTRM, en la que se determina los cursos convalidados y los eventuales cursos que deberá realizar como complementación.
Art. 3. Haber obtenido, como mínimo, la calificación de Cum Laude Probatus en el título de licencia.
Art. 4. Mostrar la suficiencia en un tercer idioma moderno.
Art. 5. La adaptación a casos particulares de alguno de estos requisitos es potestad del Comité de Convalidaciones, con el visto bueno del Consejo de la Facultad.
Art. 6. El ciclo de doctorado tiene una duración mínima 2 años.
Art. 7. El ciclo de doctorado se definirá en cada caso según el “Programa de Doctorado” antes mencionado y que se compondrá teniendo en cuenta los siguientes criterios: a) Cursos monográficos de doctorado en esta Facultad o en cualquier otro centro que ayuden al doctorando en la realización de su trabajo de investigación: a dichos cursos le corresponde un total de 12 créditos. b) Prácticas docentes: que serán evaluadas por un catedrático de la FTRM y que nunca será el director del trabajo de investigación que denominamos “Tesis doctoral”. c) Prácticas de investigación: que serán diseñadas y evaluadas por el director de la “Tesis doctoral”.
Art. 8. El Programa de Doctorado lo diseña la Secretaría Académica, atendiendo los criterios anteriores, y es aprobado por el Rector de la Facultad escuchado el parecer del Consejo de la Facultad.
Art. 9. Durante el primer semestre, a partir, de la matriculación en el ciclo, el doctorando elegirá un director, entre los profesores de la FTRM que tienen el grado de doctor en alguna de las disciplinas teológicas. Bajo la guía del referido director de tesis se elegirá el tema a tratar y se redactará un proyecto de investigación, que se presentará al Consejo de la Facultad para su aprobación.
Dicho proyecto, que no superará las diez páginas, debe contemplar el objetivo del trabajo, el método a emplear y las fuentes y bibliografía básicas que constituyen el punto de arranque de dicho trabajo. A tal fin se especificarán los siguientes puntos: a) Título-tema. b) Breve explicación del tema a tratar, de la razón de su elección atendiendo a las novedades en orden a la investigación teológica que se esperan alcanzar y pasos a seguir. c) Bibliografía fundamental. d) Esquema de la tesis. e) El visto bueno del director. En el caso de que el director no sea catedrático, se requiere la aprobación adicional del catedrático que corresponda según la temática elegida.
Art. 10. La elección como director de la tesis de un profesor de otro centro de estudios queda sujeta a la aprobación del Rector de la FTRM.
Art. 11. Obtenida la aprobación del Consejo de la Facultad del proyecto de tesis doctoral, el alumno trabajará en la redacción del borrador de la tesis ateniéndose al formato y bajo las normas y condiciones que la FTRM señala para dicho tipo de trabajos en el reglamento correspondiente.
Art. 12. La tesis, además de manifestar una adecuada aptitud para la investigación científica, deberá aportar necesariamente una contribución original a la investigación teológica. El número de páginas, en consecuencia, vendrá determinado por el argumento tratado; evitando lo innecesario y no obviando lo imprescindible.
Art. 13. El borrador de la tesis será revisada por cuatro profesores competentes en la materia, distintos del Director de la tesis, y nombrados por el Rector de la FTRM, en un plazo no superior a treinta días útiles después de que el alumno haya presentado cuatro copias en la Secretaría Académica.
Art. 14. Una vez introducidas las modificaciones oportunas señaladas por los profesores que han revisado la tesis, el alumno presentará 5 copias del trabajo. Una para cada uno de los miembros del tribunal ante el cual se defenderá la tesis. Junto a dichos ejemplares el candidato presentará la correspondiente solicitud para que se establezca la fecha de defensa de la tesis y se nombre el tribunal calificador.
Art. 15. La defensa de la tesis la realizará el candidato en sesión pública y ante un tribunal calificador.
Art. 16. El tribunal calificador estará compuesto por cinco miembros designados por la FTRM, todos ellos doctores y profesores de la FTRM y entre ellos estará incluido el Director de la tesis y ordinariamente los otros cuatro son los que han revisado la tesis y de los que se habla en el art. 13. De estos miembros del tribunal, sin contar al Director de la tesis, uno ejercerá de presidente del tribunal y otro de secretario del mismo. Para que pueda ser miembro del tribunal un experto que no forma parte del claustro de la Facultad, se deberá obtener la aprobación explícita del Consejo de Facultad.
Art. 17. El tiempo empleado para la defensa de la tesis se distribuirá del siguiente modo: a) En los primeros 30 minutos, después del inicio protocolar, el candidato hará una presentación de su trabajo. b) En los siguientes 40 minutos los miembros del tribunal, de manera proporcional, podrán intervenir preguntando y pidiendo aclaraciones. c) En los siguientes 10 minutos cualquier asistente al acto podrá preguntar al candidato sobre aspectos de la defensa de la tesis. Estas preguntas se harán por escrito y a través del presidente del tribunal. d) Finalmente los miembros del tribunal se retirarán a deliberar. El presidente anunciará en público el veredicto.
Art. 18. Para aprobar la defensa de la tesis, el dictamen deberá ser favorable por unanimidad.
Art. 19. Finalmente, si la tesis es aprobada por el tribunal señalado en la defensa de la misma, el candidato entregará dos copias encuadernadas: una para el Archivo de la Secretaría Académica y otra para la Biblioteca de la FTRM.
Art. 20. La nota final de doctorado se obtiene aplicando los siguientes porcentajes: 80% corresponde a la consideración del trabajo de investigación realizado. 20 % corresponde a la defensa pública de la tesis.
Art. 21. Escala de calificación: a) La FTRM para todos los cursos y exámenes se ajusta a la calificación vigesimal (0-20), ordinaria en el Perú. Siendo 11 la nota mínima aprobatoria. b) Sin embargo, para la titulación se utiliza la siguiente escala de calificación: Probatus (11. 12,99) Bene Probatus (13. 14,99) Cum Laude Probatus (15. 16,99) Magna Cum Laude Probatus (17. 18,99) Suma Cum Laude (19. 20).
Art. 22. Para la obtención del título es necesario estar al día de todos los pagos y haber satisfecho los derechos correspondientes. Las tarifas de pagos y derechos son especificadas cada año por la Dirección Administrativa de la FTRM.
Art. 23. El presente Reglamento puede ser interpretado, modificado o sustituido por acuerdo del Consejo de la Facultad.
Art. 24. El presente Reglamento entrará en vigor a partir del 30 de junio de 2009.